Vacaciones pagas: otra conquista para los trabajadores
Hace 81 años, el 23 de enero de 1945, Juan Domingo Perón impulsó desde la Secretaría de Trabajo y Previsión el decreto que estableció el derecho universal a vacaciones remuneradas, transformando el descanso de un privilegio de pocos en un derecho laboral para toda la clase trabajadora y abriendo las puertas al turismo social en Argentina.
Antes de la llegada de Juan Domingo Perón al poder, las vacaciones pagas eran un privilegio exclusivo de las clases acomodadas o de sectores muy reducidos. El trabajador que descansaba no cobraba su salario, convirtiendo el ocio en un lujo inaccesible y no en un derecho. Aunque existían algunas leyes aisladas o sectoriales previas, estas carecían de cumplimiento efectivo, quedaban en la letra muerta y no abarcaban a la masa obrera de manera masiva.
El cambio histórico se produjo el 23 de enero de 1945. Mediante el Decreto N° 1740/45 (impulsado por Perón desde la Secretaría de Trabajo y Previsión, con rango ministerial), se proclamó el derecho de los trabajadores a gozar de un período de vacaciones pagas obligatorias. Desde ese momento, los trabajadores argentinos comenzaron a disponer de una serie de días consecutivos de descanso remunerado.
Esta medida formó parte de un proyecto más amplio de Turismo Social, asentado en dos ejes centrales: la extensión de las licencias pagas por vacaciones obligatorias al conjunto de los trabajadores, y la coordinación entre el Estado (nacional y provincial), la Fundación Eva Perón y las asociaciones sindicales para garantizar hospedaje, abaratamiento de pasajes y transporte especial destinado al traslado de los nuevos turistas.
De esta forma se facilitó la construcción de hoteles, colonias de vacaciones y servicios de bienestar, permitiendo que una multitud de argentinos de todas las clases sociales accediera por primera vez a lugares turísticos tradicionalmente exclusivos, como Mar del Plata, y descubriera un país hasta entonces poco conocido por las mayorías.
En resumen, la etapa previa a esta norma se caracterizaba por la ausencia de un derecho universal al descanso remunerado para la clase trabajadora. El decreto de 1945 marcó un hito en la justicia social al democratizar el turismo y reconocer el descanso como un derecho y no como un lujo.
Qué decía el Decreto 1740 de vacaciones pagas obligatorias
El decreto estableció que todo trabajador que hubiera prestado servicios durante un año en una misma empresa tenía derecho a gozar de un período de vacaciones pagas por año, cuya duración variaba según la antigüedad y la categoría del empleado.
. Para los trabajadores que hubieran cumplido un año de servicios, 10 días hábiles de vacaciones.
. Para los que hubieran cumplido dos años de servicios, 15 días hábiles de vacaciones.
. Para los que hubieran cumplido tres años de servicios, 20 días hábiles de vacaciones.
. Para los que hubieran cumplido cuatro años de servicios, 25 días hábiles de vacaciones.
. Para los que hubieran cumplido cinco años de servicios, 30 días hábiles de vacaciones.
Además, el decreto estableció que el salario correspondiente a las vacaciones debía ser abonado por anticipado al trabajador, antes de que iniciara su período de descanso, y que el empleador debía fijar las fechas de las vacaciones de acuerdo con las necesidades del servicio y la conveniencia del trabajador.
Asimismo, el decreto dispuso que las vacaciones no podían ser compensadas con dinero ni acumuladas de un año a otro, salvo casos excepcionales. (Mundo Gremial)

