La Corte revocó el fallo que declaró inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras

La sentencia del máximo tribunal de justicia contó con la firma de sus tres integrantes. El Senado no pudo modificar la Ley 26.737 por falta de acuerdos en el debate de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo que declaró la inconstitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras (26.737) en el artículo 154 del DNU 70/2023, publicado el 20 de diciembre del 2023. El amparo había sido presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la sentencia en primera instancia había sido dictada por el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata Nº 4.

En el fallo al que accedió parlamentario.com, el máximo tribunal de justicia consideró que el CECIM carecía de legitimación para impulsar el proceso colectivo y que, en esas condiciones, no se encontraba configurado un “caso o controversia” que habilitara la intervención judicial.

En marzo del 2024, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata con firmas de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias habían reconocido la legitimación del CECIM, receptado el amparo colectivo y declarado la «inconstitucionalidad» del artículo 154 del DNU 70/2023.

El fallo que deja vigente la derogación de la Ley 26.737 conocida como Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales fue firmado por los tres ministros de la Corte: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

El pasado 6 de agosto el Senado aprobó la media sanción de la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, pero el oficialismo debió prescindir del capítulo que modificaba a la Ley de Tierras Rurales. La propuesta del Gobierno fue redactada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. (Parlamentario)

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