Visita del Papa León XIV: cuáles son los feriados y cómo se cobran

El Gobierno estableció feriados nacionales y provinciales entre el 9 y el 11 de noviembre por la llegada de León XIV. Qué días alcanza a cada jurisdicción y cuánto deberán cobrar los trabajadores que presten servicios durante esas jornadas.

El Papa León XIV llega a la Argentina este domingo 8 de noviembre. Su visita modificará el calendario laboral en distintos puntos del país: el gobierno nacional ya oficializó una serie de feriados nacionales y provinciales para facilitar su recorrida por el país y permitir a los trabajadores asistir a las actividades públicas que llevará adelante el Sumo Pontífice.

Los trabajadores que presten servicios esos días verán reflejados adicionales en su liquidación del sueldo de noviembre. Esto es lo que corresponde cobrar según la legislación vigente.

Cuándo son los feriados por la visita del papa León XIV

El 28 de septiembre, el gobierno de Javier Milei oficializó, mediante el decreto 1103/2026 del Boletín Oficial, los feriados por la visita del Sumo Pontífice. Las jornadas varían entre provincias y se extenderán entre el lunes 9 y el miércoles 11 de noviembre.

Lunes 9 de noviembre: feriado nacional. Aplica para todas las provincias.

Martes 10 de noviembre: feriado en Córdoba y la ciudad de Buenos Aires.

Miércoles 11 de noviembre: feriado en la provincia de Buenos Aires.

Los feriados atienden a la agenda del Papa León XIV en el país y los operativos de seguridad previstos para cada una de las misas, recorridas y actividades que tiene previstas en estas tres jurisdicciones.

Cómo se pagan los feriados por la visita del papa León XIV

Las fechas confirmadas deben contabilizarse como feriados, no como jornadas no laborables. Por ello, corresponde aplicar el artículo 166 de la ley de Contrato de Trabajo, que establece que por cada feriado trabajado, se debe pagar el doble.

Esa cláusula determina que ante un feriado trabajado se debe abonar la remuneración normal de un día laborable, más un adicional del 100%. Quienes puedan gozar de su día de descanso, en tanto, percibirán la misma remuneración que cobran de manera habitual, es decir, sin ningún recargo.

Ahora bien, ¿cómo se calcula el valor de la jornada laboral para saber cuánto es el extra que se debe abonar? En el caso de trabajadores mensualizados, según la normativa vigente, se debe dividir el salario habitual sobre 25 y de allí se obtiene el valor por la jornada. El pago por el feriado trabajado entonces equivale al doble de ese cociente.

Así, por ejemplo, si un trabajador cobra un sueldo habitual de $1.250.000, el valor de su jornada para la liquidación del feriado es de $50.000. Como el feriado trabajado se paga doble, esa jornada deberá representar un total de $100.000 para el trabajador.

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