La Corte salió a aclarar su fallo sobre la Ley de Tierras
Tras el fuerte cuestionamiento que provocó su reciente fallo sobre un reclamo en torno a la Ley de Tierras, la Corte Suprema de Justicia salió a aclarar su decisión -en un hecho inédito- y afirmó que la controversia en torno a esta norma todavía «no ha sido resuelta».
Además, el máximo tribunal rechazó los «discursos de odio», luego de las enormes críticas a sus integrantes, y volvió a señalar que la Cámara de Diputados tiene en sus manos el DNU70/23, por medio del cual se dispuso la derogación de la Ley 26.737.
«La Corte Suprema de Justicia de la Nación, continuando con su política de lenguaje claro, se dirige a la opinión pública con la finalidad de despejar dudas que se han generado en relación a la sentencia dictada en la causa ‘Cecim c. el Gobierno Nacional'», arranca el comunicado, en relación a la resolución por la cual revocó un fallo que declaraba inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras, surgido de una presentación realizada por una organización de excombatientes de Malvinas, la cual la Corte consideró que «carece» de legitimación procesal.
En tal sentido, el máximo tribunal indicó que «en el caso sólo se decidió un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar; y se ajusta estrictamente a todos los precedentes de esta Corte Suprema», al tiempo que aclaró que «la sentencia no afecta a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales».
«Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente», se resaltó en el comunicado y agregó: «Los grupos de interés que presionan sobre el tema, también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales».
Además, la Corte -compuesta por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti- aseguró que esta decisión «tampoco se obstaculiza la función del Honorable Congreso de la Nación en el tratamiento de este aspecto del DNU 70/2023, que fue rechazado por el Senado de la Nación el 14 de marzo del año 2024 y, está siendo examinado por la Cámara de Diputados de la Nación». (Parlamentario)

