El Gobierno reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal

A través de la publicación en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal y dejó operativo un régimen que busca romper con décadas de desconfianza entre el Estado y los contribuyentes.

Con un sistema de declaración simplificada con efecto liberatorio y sin revisiones hacia atrás, la gestión de Javier Milei apuesta a que los ahorros informales —especialmente los dólares “del colchón”— ingresen al circuito formal bajo la promesa de reglas estables y previsibilidad tributaria.

Recuperar la confianza de los argentinos en el Estado y en la economía formal es uno de los ejes que la gestión de Javier Milei se propuso desde el inicio. Tras años de inestabilidad macroeconómica, controles cambiarios, confiscaciones y reglas cambiantes, el Gobierno avanzó este lunes con una medida clave en esa dirección: la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 93/2026, que reglamenta el Capítulo III del Título II de la Ley 27.799 y pone en funcionamiento un conjunto de herramientas que el oficialismo define como un giro de fondo en el vínculo entre el fisco y los contribuyentes.

La norma apunta directamente a un fenómeno estructural de la economía argentina: la enorme masa de ahorro informal —principalmente en dólares— que permanece fuera del sistema financiero y tributario. Según la visión del Ejecutivo, ese capital solo podrá reinsertarse si el Estado abandona la lógica punitiva retrospectiva y ofrece garantías de que regularizarse no implicará revisiones hacia atrás.

El corazón del decreto es la reglamentación del Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, destinado a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que cumplan determinados requisitos patrimoniales, de ingresos y de clasificación fiscal.

El punto más relevante es el efecto liberatorio que se le otorga a la declaración jurada precargada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP). Según el decreto, la presentación y el pago en término del saldo determinado producen una presunción de exactitud, sin admitir prueba en contrario, respecto de:

● El período fiscal declarado.

● Las declaraciones de Ganancias e IVA de los períodos no prescriptos.

En términos prácticos, esto implica que el Estado renuncia a revisar el pasado, salvo que se detecte lo que la norma define como una “discrepancia significativa”. Para el Gobierno, este es el eje conceptual del llamado “blanqueo popular permanente”: no se trata de una amnistía puntual, sino de un esquema continuo que permite ingresar al sistema sin miedo a futuras persecuciones fiscales. (Parlamentario)