Declararon inconstitucional excluir del fuero del Trabajo los juicios contra el Estado
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo cuestionó uno de los cambios introducidos por la Ley de Modernización Laboral y resolvió que un reclamo de un trabajador contra un organismo público debe continuar en la Justicia laboral. El fallo advirtió que trasladar estas causas al fuero Contencioso Administrativo implica quitar garantías específicas de protección a los empleados.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional e inconvencional una de las modificaciones incorporadas por la reforma laboral, que había excluido de la competencia de la Justicia del Trabajo las causas en las que el Estado nacional fuera parte o tuviera intervención como tercero interesado.
La decisión se produjo en el marco de una demanda iniciada por un trabajador contra el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), quien reclamó acreencias salariales e indemnizatorias luego de haber sido despedido en agosto de 2024. Según planteó, su vínculo laboral con el organismo se había extendido desde noviembre de 2003.
En primera instancia, el juzgado laboral se había declarado incompetente y había dispuesto que el expediente pasara al fuero Contencioso Administrativo Federal. La decisión se apoyó en la modificación del artículo 20 de la Ley Orgánica de la Justicia Nacional del Trabajo, introducida por la Ley 27.802, que establece que cuando intervenga el Estado nacional o alguno de sus entes, la Justicia laboral no podrá expedirse.
El trabajador apeló y cuestionó la constitucionalidad de esa disposición. Finalmente, la Cámara revocó la resolución y determinó que el expediente debe continuar en el fuero laboral, al considerar que la nueva normativa afecta garantías reconocidas constitucionalmente a los trabajadores.
La protección especial de los trabajadores
Uno de los puntos centrales del fallo es la aplicación del artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Los camaristas señalaron que el trabajador es un “sujeto de preferente tutela” y que esa protección no se limita únicamente al reconocimiento de derechos laborales, sino que también alcanza las condiciones en las que esos derechos pueden ser reclamados ante la Justicia.
En ese sentido, remarcaron que el fuero laboral cuenta con reglas y principios específicos destinados a equilibrar la relación entre las partes, entre ellos normas probatorias particulares, el principio in dubio pro operario y un procedimiento especializado.
Para la Cámara, enviar este tipo de reclamos al fuero Contencioso Administrativo supone privar al trabajador de esas herramientas, ya que se trata de una jurisdicción diseñada principalmente para resolver controversias vinculadas con la actuación administrativa del Estado y no específicamente conflictos derivados de relaciones laborales.
El tribunal también respaldó su decisión en estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre acceso a la justicia laboral, que contemplan, entre otras garantías, la existencia de una jurisdicción especializada y reglas procesales que contemplen la situación particular de los trabajadores.
De todos modos, la resolución no elimina ni deroga la modificación introducida por la reforma laboral. Al tratarse de un control de constitucionalidad realizado en un caso concreto, lo que resolvió la Cámara fue dejar sin aplicación esa disposición exclusivamente para este expediente.
Así, el tribunal ordenó que el reclamo contra el ENRE vuelva al juzgado laboral originalmente sorteado y continúe su trámite allí. El pronunciamiento suma un nuevo cuestionamiento judicial a distintos puntos de la Ley de Modernización Laboral, que durante 2026 ya recibió fallos adversos vinculados con la actualización de créditos laborales y con la posibilidad de pagar determinadas sentencias en cuotas.

