Sanción definitiva para el marco legal que regula las Regalías Mineras

El nuevo régimen se adecua a la Ley Nacional de Inversiones Mineras, introduce un esquema progresivo de alícuotas y crea un fondo para desarrollo económico y socioambiental.

El Senado de la provincia de Mendoza otorgó sanción definitiva al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo que establece el régimen jurídico para la percepción de regalías mineras derivadas de la explotación de los recursos minerales en la provincia. Durante la votación, la propuesta fue aprobada por 30 votos a favor y 6 en contra.

La iniciativa, que se adecúa a la Ley Nacional 24.196 de Inversiones Mineras y a la adhesión provincial vigente, define cómo se calculan y controlan las regalías mineras, garantiza trazabilidad y responsabilidad ambiental en toda la cadena productiva y establece que una parte de los fondos se destinará a los municipios que adhieran al régimen.

El objetivo de la propuesta es establecer el régimen jurídico aplicable a la percepción, determinación, liquidación, control, distribución y destino de las regalías mineras generadas por la explotación de recursos minerales en la provincia, conforme a los principios de la legislación vigente.

La norma determina que la extracción de sustancias minerales de primera y segunda categoría —según los artículos 3 y 4 del Código de Minería de la Nación— queda sujeta al pago de regalías. El decreto reglamentario definirá el momento en que nace la obligación de pago, de acuerdo con la naturaleza de cada explotación.

El régimen alcanza a todas las personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que “en ejercicio principal o accesorio de su actividad, exploten, industrialicen y/o comercialicen minerales de primera y segunda categoría otorgados por el Estado provincial”. En los casos en que haya dos o más titulares, todos serán solidariamente responsables del pago total de la regalía.

Quedan exceptuadas las empresas consideradas microempresas, según la definición de la Autoridad de Aplicación Nacional (Ley 25.300), y la extracción de sustancias minerales destinadas a investigación o con fines científicos o culturales. (Parlamentario)